PROPUESTA CONSTITUCIONAL

En las últimas décadas han surgido una serie de Constituciones en el mundo que han incorporado en sus disposiciones constitucionales los intereses de los animales no humanos, como asuntos de preocupación constitucional. Ejemplos claros de ello, son las formulaciones constitucionales en Alemania, Suiza, India, Brasil, Eslovenia, Luxemburgo, Egipto y una norma federal de carácter constitucional en Austria.

Esta es nuestra propuesta de redacción para incorporar a los animales en la Nueva Constitución:

“El Estado garantizará la protección y mayor respeto de todos los animales de acuerdo a su especie y en su calidad de individuos dotados de sensibilidad. La ley establecerá las normas de protección y resguardo de los animales. Existirá un organismo autónomo con patrimonio propio de carácter técnico, que fomentará el resguardo, protección y promoción del bienestar de todos los animales. Una ley determinará la composición, organización, funciones y atribuciones de dicho organismo».

¿Qué pasa hoy en día con los animales en nuestro país?

Actualmente en nuestro país, a pesar de que existe una ley general de protección animal (Ley N° 20.380) y una ley específica para las mascotas o animales de compañía (Ley N° 21.020), además de normas en el Código Penal relativas al delito de maltrato y crueldad hacia los animales, los animales siguen siendo considerados como “cosas” o “bienes” por nuestras leyes. Por otra parte, la referida protección no abarca a todos los demás animales con los cuales nos relacionamos a diario en diversas formas: animales en zoológicos, animales usados en el testeo de cosméticos, animales en la industria de productos de origen animal, entre otros. Es más que claro que lo anterior se debe en gran medida a que los animales no han sido considerados ni se encuentran incorporados en nuestra norma fundamental, la Constitución Política de la República.

¿Por qué es importante incorporar a los animales en la Nueva Constitución?

La Constitución como norma suprema es la ley más importante que establecemos como sociedad porque abarca los valores fundamentales que tenemos como comunidad. En términos más formales, la Constitución es la norma suprema que sirve como fundamento para todo el ordenamiento jurídico, por lo que las leyes, reglamentos y, por lo general, cualquier otra norma que tenga menor jerarquía, deben ajustarse a ésta. A esto se le denomina principio de supremacía constitucional.

Incorporar a los animales en la Nueva Constitución supone no solo incluirlos dentro de nuestra convivencia en comunidad, sino que también nos parece importante incluir dentro de nuestros valores y principios fundamentales la consideración hacia sus intereses y necesidades.

Desde una perspectiva más formal, el reconocimiento constitucional de los animales nos permitiría mejorar las condiciones de bienestar y reducir el sufrimiento de todos los animales, ya sea mejorando las normas existentes como también creando nuevas leyes específicas en los ámbitos que no tienen protección hoy en día.

Por ello es que en las últimas décadas han surgido una serie de Constituciones en el mundo que han incorporado en sus disposiciones constitucionales los intereses de los animales como asuntos de preocupación constitucional.

Ejemplos claros de ello, son las formulaciones constitucionales en Alemania, Suiza, India, Brasil, Eslovenia, Luxemburgo, Egipto y una norma federal de carácter constitucional en Austria. Estando en un momento constituyente histórico, te invitamos a ser parte de nuestra campaña por incorporar a los animales en la Nueva Constitución y así reconocerles como individuos dotados de conciencia y capacidad de sufrir y gozar, entre otras, y brindarles la protección que merecen por parte de nuestra sociedad y el Estado.

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